El reglamento técnico de instalaciones eléctricas (RETIE) establece los requerimientos técnicos para la instalación de los ascensores en el artículo 28.3.8 de la resolución 90708 de agosto 30 de 2013 y son tratados en mayor profundidad en la sección 620 del código eléctrico Colombiano NTC 2050, el reglamento técnico establece esta instalación eléctrica como «especial» en el artículo 28.3 de la resolución 90708 de agosto 30 de 2013 «por ser instalaciones que alimentan equipos o sistemas complejos, presentan mayor probabilidad de riesgo que una instalación básica y por tanto, requieren de medidas especiales, para mitigar o eliminar tales riesgos.»
Algunas de las no conformidades más comunes en este tipo de instalaciones sin las siguientes:
- Se debe instalar un solo medio que desconecte todos los conductores de suministro de fuerza no puestos a tierra de cada unidad, El medio de desconexión debe ser un interruptor con fusible o un interruptor automático del circuito de motores, accionable desde el exterior de un encerramiento y que se pueda bloquear en posición de abierto. El medio de desconexión debe ser un dispositivo certificado.
- Las luces, tomacorrientes, fuente auxiliar de alumbrado y ventilación de cada cabina del ascensor deben se alimentadas por un circuito ramal independiente
- La calefacción y aire acondicionado del ascensor debe se alimentadas por un circuito ramal independiente.
- Debe existir un circuito ramal independiente que del suministro a los aparatos de alumbrado y tomacorrientes del cuarto de motores y el espacio de máquinas.
- El interruptor del alumbrado para el cuarto de motores debe estar ubicado a la entrada de este, o del espacio de máquinas
- En cada cuarto de motores y espacio de máquinas debe haber como mínimo un tomacorriente duplex, monofásico a 125 V.
- Por otra parte, el reglamento técnico en el artículo 2.3 de la resolución 90708 de agosto 30 de 2013 establece en el ítem 40 de la tabla 2.1 «Productos para equipos especiales, tales como: ascensores» los cuales deben dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el reglamento técnico y demostrarlo mediante un Certificado de Conformidad de Producto.